Senado votó ley urgente para el Casmu: más recursos y extensión de la intervención por un año más
Con reparos y críticas de la oposición, el Senado votó este martes el proyecto de ley remitido por el gobierno como grave y urgente, para liberar recursos hacia el Casmu y extender la intervención del MSP.
El Senado votó este martes el proyecto de ley que el gobierno de Yamandú Orsi remitió como grave y urgente para habilitar el tramo final de recursos disponibles para el Casmu, que fueran votados originalmente a mediados del año pasado.
Este nuevo proyecto de ley, además de liberar estos recursos, extiende por un año más la intervención del Casmu por parte del Ministerio de Salud Pública (MSP). La intervención, votada inicialmente en julio del 2024 era por un año y el actual gobierno entiende que debe extenderse un año más.
Los senadores del Frente Amplio argumentaron a favor de este proyecto de ley, mientras que legisladores de la oposición (blancos y colorados) expresaron reparos con el contenido, en particular con la extensión a dos años de la intervención de la mutualista, aunque se manifestaron a favor de votarlo para que el Casmu acceda al total de los fondos aprobados el año pasado.
El proyecto de ley se votó en general por unanimidad, pero luego, en la votación artículo por artículo, algunos no fueron aprobados por todo el Senado. El artículo 1 fue votado por mayoría. El senador Javier García del Partido Nacional dijo que ese artículo habilita al Estado a intervenir por dos años cualquier mutualista, no solo el Casmu.
El proyecto de ley para el Casmu
El artículo 1 del proyecto establece la prórroga de hasta un año adicional al plazo de intervención de la mutualista. El gobierno de Lacalle Pou firmó el 29 de julio de 2024 el decreto para la intervención por un plazo de hasta un año.
«Los interventores tendrán las más amplias facultades de contralor, fiscalización e investigación, pudiendo observar las decisiones adoptadas por las autoridades naturales de la institución, sugerir correctivos y proponer alternativas», prevé la iniciativa. «Cuando la intervención implique el desplazamiento de autoridades, los interventores tendrán las más amplias facultades de dirección y gobierno, así como la representación legal de la institución», agrega.
El artículo 2 refiere a modificaciones a la constitución de la garantía y establece que «en caso de que las institución no pudiera constituir a favor del fondo otras garantías reales o de otra especie, se podrá eximir temporalmente y en régimen de excepción, por hasta el monto previsto en el inciso primero del presente artículo, la exigencia de la garantía a que refiere la Ley Nº 18.439, de 22 de diciembre de 2008. En oportunidad de la liberación de las garantías previamente constituidas a favor del fondo, las mismas automáticamente garantizarán la suma a que refiere el presente artículo».
La ley votada el año pasado dispuso el acceso del Casmu al Fondo de Garantía para la Reestructuración de Pasivos de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva por un monto de hasta 2.184 millones de pesos.
Los artículos 3 y 4, agregados en el Parlamento al proyecto de ley del gobierno, fue modificado a último momento, por unanimidad, tras acuerdo político entre todos los partidos. Estos artículos refieren al proceso de concurso que deben seguir las instituciones médicas en caso de eventual liquidación.
fuente informe de subrayado