Presente y esperando la media sanción: la Ley 17. 826 Delito de Abigeato

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“Es tan ladrón el que roba como el que comercializa”,_ enfatizó el ministro Aguerre

El ministro Aguerre  recordó que la  Ley 17. 826 Delito de Abigeato, ya tiene media sanción del Parlamento, donde se añade el delito para quien comercializa animales producto de este delito, se duplica la pena para el abigeato agravado y se establecen condiciones de decomiso.  “Es tan ladrón el que roba como el que comercializa”, enfatizó.

En el mismo sentido, el jerarca recordó la creación de las comisiones departamentales de seguridad rural, mecanismo que se desarrolló porque “los problemas de seguridad del interior del país no se van a resolver desde una oficina en Montevideo, se resuelven localmente”.

Atrás del abigeato hay familias productoras que lo sufren y algunas han tenido que dejar muchas producciones, que a veces no pueden dejar sus propiedades o casa porque tienen temor de no encontrar nada cuando vuelvan. También afecta, particularmente, al rubro lanar de nuestro departamento que es tan ovejero y que ha hecho que en muchos lugares ya no se pueda criar ovejas. Un rubro que tiene mucho futuro y para darle mucho al país»

la Brigada de Prevención del Abigeato (Bepra) está trabajando con algunos resultados, pero la Justicia libera sanciona en forma leve a los delincuentes y estos al poco tiempo quedan en libertad y vuelven a las andadas.

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